¿Sabes qué es un Administrador de Fincas?

En Lorvan somos profesionales que de forma habitual, continuada y retribuida presta servicios de administración y asesoramiento a los propietarios de bienes inmuebles, ya sean estos rústicos o urbanos, administrando sus alquileres y llevando la gestión de sus Comunidades de Propietarios. Desarrollando una actividad de gran valor socioeconómico que afecta, de forma directa, práctica y cotidiana, a la vida de los ciudadanos.

Más información

Legislación
Ley de propiedad horizontal

 

 

Pida presupuesto para su comunidad

Si quiere un presupuesto para su comunidad, contacte con nosotros.

Principales funciones de un administrador de fincas colegiado

Gestionar, conservar y rentabilizar los bienes

El Administrador de Fincas gestiona los bienes inmuebles de terceros con criterios profesionales, consciente de su valor como bien de inversión y ahorro, y en muchos casos como legado familiar.

Se ocupa del mantenimiento de la propiedad inmobiliaria para revalorizarla y para mejorar su rentabilidad.

Mediar

Una de sus principales tareas y capacidades es la de mediar entre propietarios e inquilinos y entre copropietarios de una Comunidad.

Aplicar la legislación

Interpreta y aplica la legislación vigente, unificando criterios para evitar litigios.

Conservar y mejorar la propiedad

Se ocupa de gestionar el mantenimiento de la propiedad inmobiliaria en previsión de problemas, buscando su mejora constantemente.

Resolver conflictos

Busca soluciones a todo tipo de conflictos que se generen en las relaciones arrendaticias y en las Comunidades de Propietarios de manera rápida y eficaz.

Representar

A la propiedad y a las comunidades de propietarios en todos los casos que profesionalmente les corresponda.

Administrar Comunidades de propietarios

Interpreta y aplica la legislación vigente, unificando criterios para evitar litigios.

Valoraciones y tasaciones

Los administradores de fincas en su calidad de peritos podrán hacer mediaciones inmobiliarias.

Mediación inmobiliaria

Los administradores de fincas que consten como mediadores podrán mediar en la resolución de conflictos del Colegio Profesional.